El Supremo aclara el puesto fijo por abuso de temporalidad

El Supremo aclara el puesto fijo por abuso de temporalidad


El Supremo aclara el puesto fijo por abuso de temporalidad y falla que debe superarse una oposición también en los casos de abuso de temporalidad para adquirir la condición de fijo

El Alto Tribunal argumenta que la contratación temporal de personal laboral por parte de las administraciones públicas sin superar un procedimiento de acceso al empleo público sujeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad no permite que esos trabajadores adquieran la condición de fijos

El Pleno de la Sala Social del Tribunal Supremo ha dictado sentencia el 11 de mayo de 2026 y fijado criterio por el abuso de la temporalidad en las administraciones públicas españolas, estableciendo que para acceder a un empleo indefinido, sin obtener plaza, y que hubieran encadenado después contratos temporales.

El Alto Tribunal sostiene que otorgar la fijeza de manera automática como única consecuencia del abuso vulneraría directamente la Constitución Española y el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP). Además, argumenta que una medida de ese tipo impediría el legítimo derecho de acceso al empleo público del resto de los ciudadanos bajo los cauces legalmente establecidos.

La excepción: Superar el proceso selectivo sin obtener plaza. El Supremo aclara el puesto fijo por abuso de temporalidad

El Supremo aclara el puesto fijo por abuso de temporalidad. La resolución define un escenario muy concreto en el que sí procede la conversión del contrato temporal en una relación laboral fija:

  • El trabajador debe haber participado en una prueba selectiva destinada a la contratación de personal fijo.

  • Debe haber superado dicha prueba, pero sin llegar a obtener la plaza debido a que el número de aspirantes aprobados era superior al número de vacantes ofertadas.

  • Si, tras superar el proceso, el trabajador suscribe contratos de duración determinada y la Administración incurre en un abuso de temporalidad, sí procederá la declaración de fijeza.

Esta postura se alinea firmemente con la jurisprudencia europea, concretamente con la sentencia del TJUE de 3 de junio de 2021 (caso Obadal), que declaró la fijeza de una empleada pública en una situación idéntica de superación del proceso y posterior abuso.

Vías de reparación: Indemnización e Inspección de Trabajo

Para todos aquellos casos en los que se constate el abuso de temporalidad en el personal laboral pero no se cumpla el requisito de haber superado la oposición, el Tribunal Supremo establece que las medidas de reparación adecuadas consistirán en:

  1. Abono de una indemnización económica: Calculada de forma estricta conforme a los criterios económicos y resarcitorios fijados por el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

  2. Sanción administrativa: La remisión del testimonio de la sentencia condenatoria a la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social para la apertura del correspondiente procedimiento sancionador contra la entidad pública infractora.

Accede al texto de la Sentencia del Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo

Fuente: Texto íntegro y análisis de la resolución en la fuente original de Noticias Jurídicas

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